Luces obligatorias: embarcaciones de propulsión eléctrica de menos de 65.6 pies cuando están en marcha
Si tienen menos de 65.6 pies (20 metros) de eslora, estas embarcaciones deben exhibir las luces como se indica en la ilustración 1. Tenga en cuenta que las embarcaciones a motor incluyen los veleros propulsados a motor. Estas son las luces requeridas:
- Luces laterales rojas y verdes, visibles desde una distancia de al menos dos millas o, si la embarcación tiene menos de 39.4 pies (12 metros) de eslora, al menos, una milla, en una noche oscura con cielo despejado.
- Una luz todo horizonte blanca (si la embarcación tiene menos de 39.4 pies de eslora) o una luz de tope y una luz de alcance. Estas luces deben ser visibles desde una distancia de al menos dos millas en una noche oscura con cielo despejado. La luz todo horizonte blanca (o la luz de tope) debe estar, al menos, 3.3 pies (un metro) más arriba que las luces laterales.