Banderas de buceo
Los buzos y las personas que practican esnórquel no deben colocar una bandera en un área que ya esté ocupada por otros navegantes o donde su operación de buceo impida la circulación normal del tráfico de la vía navegable. Los buzos también deben acatar todas las reglas de seguridad en el agua.
Las Reglas de navegación indican requisitos específicos para las embarcaciones recreativas con las que se realizan actividades de buceo, buceo recreativo o esnórquel.
- Durante el día, la embarcación debe exhibir una réplica rígida de la bandera A del código internacional (o bandera “Alfa”) a no menos de 3.3 pies de altura para indicar que la embarcación tiene capacidad de maniobra restringida.
- Por la noche, se deben exhibir luces de 360°: roja sobre blanca sobre roja.
- Estos requisitos no afectan el uso de la bandera roja y blanca de buceo, que las leyes estatales o locales pueden exigir para indicar la ubicación de un buzo. La bandera de buceo es rectangular, de color rojo, con una franja blanca en diagonal, y tiene un tamaño de por lo menos 12 x 15 pulgadas.